Residuos Forestales y Podas: Información para los ciudadanos

¿Qué responsabilidades tiene el ciudadano, la CEB y la Municipalidad?

Durante las reuniones virtuales llevadas a cabo durante Mayo y Junio 2020 entre diferentes Juntas del Oste, se planteó la necesidad de contar con un documento que unifique y resuma la normativa vigente respecto a residuos forestales.

Nuestro barrio es un gran bosque: vivamos en armonía con este gran tesoro.

A continuación el documento que recibimos de parte de la Municipalidad

Este documento es un resumen de los puntos más importantes sobre la normativa relacionada al arbolado urbano, incluye información de la siguiente normativa: ORDENANZA 118-I-77, ORDENANZA 205-I-79, ORDENANZA No 358-CM-94, ORDENANZA 1019-CM-00, ORDENANZA N° 1221-CM-02, ORDENANZA N° 1417-CM-04, ORDENANZA N° 2319-CM-12, ORDENANZA N° 2706-CM-15, ORDENANZA N° 2736-CM-16. 

  • La Municipalidad regula lo relativo al espacio público.
  • La Dirección de Bosques Provincial, a través de los permisos de tala regula podas, raleos en propiedades privadas(no los ejecuta).
  • El SPLIF otorga los permisos de quema,
  • Las podas en la vía pública que afectan servicios, se encarga el prestador (CEB por ejemplo en sectores de ALTA TENSIÓN).
  • Existe la Comisión Interinstitucional del Arbolado Urbano creada por ORDENANZA No 358-CM-94

Qué decimos cuando decimos:

RESIDUOS FORESTALES: a los productos de la poda domiciliaria, limpieza de espacios verdes, cortes de césped, que requieran un servicio especial de retiro.
RESIDUOS VOLUMINOSOS: son aquellos que por su tamaño y peso no podrán ser retirados con el resto de los residuos por el servicio de recolección convencional.
RESIDUOS INERTES: son aquellos residuos producto de restos de construcción o similares.
VÍA PÚBLICA: área de la ciudad destinada al tránsito público, peatonal o vehicular, incluyendo los sectores accesorios a los mismos, como canteros o construcciones similares. Espacios entre líneas de edificación.
INCENDIOS DE INTERFASE: es aquel que se produce en zonas con presencia de vegetación boscosa entremezclada con estructuras edilicias.

Organismos municipales

La Dirección General de Parques y Jardines es la autoridad de aplicación para ejecutar y autorizar a terceros tareas de plantación, podas culturales y erradicación del arbolado público; realizar poda, fertilización, despunte, raleo, corte de raíces, plantaciones, sanidad, etc; “evitar que por propia iniciativa se tomen medidas de cuidado, sin la debida autorización” y asegurar que cualquier intervención que se realice sobre el arbolado público deba estar condicionada a una exigente y sustentada fundamentación técnica (ORDENANZA N° 1417-CM-04).

Todo trámite de solicitud de corte, poda, desrame y/o extracción del arbolado público deberá ser iniciado ante la Dirección General de Parques y Jardines, Secretaría de Obras y Servicios Públicos o ante la Delegación Municipal que corresponda a su zona.

  • Delegación Municipal Cerro Otto delegacioncerrootto@bariloche.gov.ar / 154660621
  • Delegación Municipal Lago Moreno delegacionlagomoreno@bariloche.gov.ar / 154634646
  • Delegación Municipal Cerro Catedral delegacioncatedralmscb@bariloche.gov.ar / 154660628
  • Delegación Municipal El Cóndor delegacioncondormscb@bariloche.gov.ar / 4423135
  • Delegación Municipal Sur delegacionsurmscb@bariloche.gov.ar / 154915131
  • Dirección de Juntas Vecinales 154635728f
  • Dirección de Parques y Jardines Bariloche parquesyjardinesmscb@bariloche.gov.ar / 4400051
  • Dirección de Bosques Provincial, Delegación Bariloche (0294) 443 1113/443-6022

Sobre las responsabilidades del vecino/a

  • Solicitar autorización ANTES de podar/cortar/talar cualquier tipo de árbol que esté en el espacio público.
  • Solicitar formalmente la autorización para realizar actividades que puedan, en forma inmediata o futura, afectar el crecimiento o desarrollo del arbolado público.
  • Solicitar autorización de evaluación a la Dirección de Bosques Provincia, Delegación Bariloche antes de retirar un árbol de la propiedad privada (Bosque otorga o no la autorización, el trabajo depende del privado).
  • Informar a la CEB si hay árboles o ramas que representen un peligro para el tendido eléctrico.
  • Solicitar permiso de quema ante el SPLIF quien es el responsable de otorgarlos.
  • Solicitar recolección de residuos forestales a la Delegación Municipal que corresponde a su zona, este servicio TIENE COSTO y deberá ser informado por la Delegación al momento de solicitar el servicio.
  • Denunciar Microbasurales y depósito de residuos en la vía pública llamando al 103.

Sobre las responsabilidades del municipio

  • Prohibir a toda persona física o jurídica efectuar cortes, despuntes, talas, podas o erradicaciones del arbolado público, sin contar con autorización municipal previa.
  • Fijar sanciones para incumplimientos y para “el mutilado”: todo corte de ramaje que exceda lo definible como poda.
  • Retirar árboles de la vía pública previa evaluación y autorización de la Dirección de Bosques.
  • Convocar a representantes de los organismos que forman la Comisión Interinstitucional del Arbolado Urbano, a los fines de estudiar las problemáticas y emitir el informe correspondiente que avale o no los trabajos, en aquellas plantaciones que necesiten la intervención a futuro ya sea con podas, raleos o talas.
  • Recolectar residuos forestales con el costo estipulado según RESOLUCIÓN 23-I-2020.
  • Transmitir las denuncias de los vecinos a las empresas prestatarias de servicios públicos que vean afectadas sus líneas de conductores por el arbolado público, serán las encargadas de efectuar los trabajos de poda, corte de raíces o extracción, ya sea con medios propios o contratados, previo informe técnico y supervisión del Municipio.

Más Información respecto a derechos y obligaciones del ciudadano

LOS VECINOS NO PUEDEN

  1. Talar árboles autóctonos y foráneos de cualquier tamaño y edad, incluso renovales. Sólo se podrán cortar los que representen un peligro por su debilidad, previa autorización de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
  2. Abatir árboles para realizar construcciones, la arquitectura en áreas boscosas debe adaptarse al entorno natural.
  3. Abatir árboles de su propiedad privada sin la evaluación y autorización de la Dirección de Bosques de la Provincia, Delegación Bariloche. Una vez que se obtiene la autorización la tarea depende del privado.
  4. Fijar en el arbolado público todo elemento extraño, como clavos, alambres, cuerdas, hierros, parlantes, artefactos eléctricos, letreros, señales, avisos, cruza calles, etc..

LOS VECINOS SI PUEDEN

  1. Podar y/o apear los árboles que estén dentro de su propiedad
  2. Los presidentes de las Juntas Vecinales podrán gestionar ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos o ante quien se encuentre en ese momento como Autoridad de Aplicación, la limpieza de sectores de los barrios donde se hayan arrojados o depositados los tipos de residuos descriptos, quedando dicha tarea bajo la responsabilidad de la Autoridad de Aplicación.
Unámonos para cuidar nuestros bosques.

Un comentario en “Residuos Forestales y Podas: Información para los ciudadanos

  1. Mariano Campi Responder

    Me dió mucha alegría encontrar esta noticia, me dieron ganas de participar para ayudar a los vecinos que están llevando adelante bla junta. Felicitacione

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